Legítima Defensa
Sergio G. Torres - Paula V. Gonzalez
jueves, 18 de octubre de 2012
98
98. La conducta defensiva es únicamente la que desarrolla la víctima de la agresión mientras necesite impedirla o repelerla (de la disidencia del doctor TOZZINI) (CN Crim. Correc., Sala I, “O.E.”, rta. 18/08/1992).
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