44. Existe agresión aunque todavía no se haya producido el efecto propuesto, puesto que la legitimidad de la defensa tiene lugar "para evitar un mal injusto", un estado de necesidad que se da cuando existe la posibilidad de que un sujeto pierda un bien sin que esté jurídicamente obligado a soportar dicha pérdida. (C 3ª La Plata, Sala 1ª., 16/9/69 – Alaimo, Héctor D.) JA 8-1970-sec.prov.-605.
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