lunes, 15 de octubre de 2012

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25. La legítima defensa es el autoauxilio que el estado autoriza a realizar al ciudadano para resolver concretas situaciones en las que, ante imperativos vitales, se ve impedido de recurrir al auxilio efectivo de la justicia pública – Del voto en disidencia del Dr. Tozzini. (CN Crim Correc., Sala I, 18/8/92 – Ortiz, Ernesto C.). 1994 – IV, Síntesis.

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