Legítima Defensa
Sergio G. Torres - Paula V. Gonzalez
lunes, 15 de octubre de 2012
24
24. El padecimiento de una agresión ilegítima no provocada hace necesaria la defensa de su integridad física por parte de quien la sufre. (CN Crim. Correc., Sala I, 18/8/92 – Ortiz, Ernesto C.). 1994 – IV, síntesis.
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