jueves, 18 de octubre de 2012
82
82. Se encuentra cubierto por la causal justificante del art. 34 inc. 6 CP., el habitante de una villa de emergencia que tras haber terciado para evitar un acto vandálico contra un vecino y haber recibido como consecuencia de ello una fuerte golpiza y la sustracción de su dinero, busca refugio en la casilla de un pariente donde se arma con un cuchillo común con el propósito de requerir a los agresores que se retiren del lugar y le restituyan su peculio, si en ocasión de esta nueva secuencia del episodio se produce la muerte de uno de sus atacantes –Opinión de la mayoría-. (CN Crim. Correc., Sala de Cámara, “Molina, Juan Ignacio”, rta. 17/10/75). JA 1976-III-234.
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