lunes, 15 de octubre de 2012

51

51. La concurrencia o no de agresión ilegítima no puede ser analizada con independencia del peligro corrido por el agredido que determinaría la necesidad de defenderse y las consecuencias de esa defensa. Será necesario una correlación entre esos tres términos: agresión, necesidad y defensa, teniendo siempre en cuanta las condiciones de sus protagonistas. (Sup. Trib. Just. Chubut, 7/11/79 – Gómez, Zenón – Fallo n. 29.719). JA 1980-III-576.

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