martes, 16 de octubre de 2012
72
72. Ante la ofensa verbal y la acción violenta e injustificada de la que fuera objeto al imputado (lo insultó repetidamente y lo golpeó en la cara) la reacción del mismo, quien extrajo el cuchillo, que portaba de 14.5 cm. De hoja y produjo en su atacante una lesión abdominal de escasa profundidad, presenta un carácter defensivo y se ajusta a la causal de la legítima defensa. (CCrim. Santa rosa, 25/2/93 – Zaldarriaga, Enrique). 1994 – IV, Síntesis.
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