lunes, 15 de octubre de 2012

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7. Aunque el proceder del imputado se opone al derecho positivo o a la norma jurídica que regula un determinado tipo delictivo, la causa de justificación (legítima defensa) debe ser valorada como preponderante ante el conflicto entre dos bienes jurídicos, en el cual los protagonistas tratan de defender lo suyo, y el efecto es por consiguiente la impunidad del hecho. Sin embargo el núcleo de la cuestión no radica en el aspecto doctrinario, sino si se debe dar por probado o no el estado de necesidad. (C. Penal Santa Fe, 18/3/75 – Fleitas, Oscar R.). JA 1976-I-795 (n. 25,a).

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